Préstamos Personales

Exclusiones Generales

Los Servicios de Asistencia anteriormente descritos no serán prestados en, o no amparan cualquiera de las siguientes situaciones:

1. Eventos consecuentes de actos de guerra, secuestro, huelga o actos de terrorismo, servicio militar, manifestaciones, rebelión e insurrección u otra alteración grave del orden público.
2. Los causados por mala fe del Usuario.
3. La asistencia y gastos por enfermedad o estado patológicos producidos por la ingestión voluntaria de alcohol, drogas, sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos sin prescripción médica y tampoco la asistencia y gastos derivados de enfermedades mentales.
4. Consecuencia de fuerzas naturales, radiación nuclear y radioactividad, epidemias, pandemias, cualquier otro fenómeno con carácter que, debido a sus proporciones o gravedad, sea considerado como desastre nacional o catástrofe.

CONDICIONES GENERALES DE USO

1. Para que sean válidos los Servicios de Asistencia señalados en el presente Anexo deberán solicitarse de manera oportuna vía telefónica al Prestador de Servicios dentro del periodo de vigencia de los mismos y mientras el Usuario tenga esta calidad.
2. Para hacer uso del Servicio de Asistencia por parte del usuario, deberá de realizar la solicitud correspondiente al Prestador de Servicios, quien gestionará y coordinará la totalidad del Servicio de Asistencia respectivo.
3. Todos los gastos que se generen a partir de una referencia a la red de servicios médicos serán cubiertos por el Usuario.
4. La disponibilidad de los Servicios de Asistencia estará sujeta a la infraestructura y zona geográfica en la que se presten.
En *Zona Roja, pudieran verse afectados por causas ajenas al Prestador de Servicios. *Se entiende por Zona Roja: La zona geográfica que presente alta presencia de grupos del crimen organizado o un alto índice de inseguridad.
5. Los Servicios de Asistencia únicamente serán proporcionados a petición del Usuario.
6. En casos de fuerza mayor la prestación del Servicio puede verse afectada, en cuyo caso el Prestador de Servicios hará su mayor esfuerzo por prestar el Servicio en las mejores condiciones posibles. Se considera como caso fortuito o fuerza mayor, todo evento inesperado, imprevisto, ajeno y fuera del alcance del control y voluntad de las partes de manera enunciativa: huelgas, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, terremotos, huracanes, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad, pandemias, decretos o pronunciamientos de Autoridades Locales, Estatales o Federales en materia de salud, caso fortuito de manera enunciativa más no limitativa: inundaciones, huracanes, terremotos, ciclones, cualquier evento hidrológico fuera del alcance humano.